
La Cámara Federal de Casación Penal absolvió a la exintendente Aída Ayala en la causa por «fraude en perjuicio de la administración pública», también conocida como la causa Lavado II. Con esta decisión, se deja sin efecto la condena impuesta de 3 años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación perpetua para el ejercicio de las funciones públicas.
La Sala IV del tribunal conformado por Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña resolvió hacer lugar a los recursos de las defensas y ratificó la inocencia de los acusados Aída Ayala, Daniel Fischer, Carlos Huidobro, Pedro Martínez, Eulalio Bouza, Rolando Acuña y Luis Escobar.
Los jueces sostuvieron que no existió prueba suficiente que acrediten que la exintendente haya direccionado licitaciones en favor de empresas vinculadas a su entorno político o personal. «Del análisis integral del caso no se desprende evidencia que permita afirmar que Ayala haya ejercido su administración de manera abusiva o irregular en beneficio de la firma PIMP S.A.», sostiene el voto del tribunal.
«La sola adjudicación de contrataciones dentro de un proceso administrativo legítimo no puede, por sí misma, configurar un delito», justificó la Cámara.
El 10 de mayo de 2024, tras un largo proceso, el Tribunal Oral Federal de Resistencia, Ayala, junto a Jacinto Sampayo, fue condenada por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública a 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación perpetua para el ejercicio de las funciones públicas y multa de 90 mil pesos.
En julio de este año, fue absuelta en la causa Casalboni, que la investigaba por presuntas irregularidades en compras realizadas durante su gestión como secretaria de Municipios de la Nación en 2016.