La Justicia ordenó mejorar el uso de celulares en cárceles chaqueñas

El Superior Tribunal de Justicia sostuvo que es constitucional el sistema que limita la utilización de dispositivos adentro de los establecimientos penitenciarios de la provincia.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco ordenó a que arbitren los recaudos necesarios y suficientes para la implementación de la ley 4033-J, la cual establece la «limitación del uso de telefonía celular e internet en el interior de los establecimientos penitenciarios de la provincia». Además, el órgano declaró inconstitucional la inhibición o bloqueo permanente de dispositivos móviles en las unidades.

Fue en el marco de la sentencia 183/25 en la que el STJ hizo lugar de forma parcial al habeas corpus presentado por la Defensora General Adjunta y el Comité Provincial de Prevención de la Tortura.

En los argumentos, el órgano provincial determinó que es constitucional el sistema que limita el uso de telefonía celular e internet en cárceles provinciales, aunque declaró la inconstitucionalidad de la inhibición o bloqueo permanente de los aparatos.

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