EL CONCEJO APROBÓ EXIMIR DE IMPUESTOS MUNICIPALES A PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE POSEAN EL CUD.

 

El Proyecto de Ordenanza fue presentado por Concejales del Bloque Chaco Somos Todos y tras ser analizado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto, la misma determinó “mantener el dictamen en todos sus términos y en consecuencia, se aprueba en general y en particular”.
La Ordenanza N° 8896 detalla “que el Cuerpo Legislativo Municipal en pos de accionar de manera justa y equitativa y, como un acto de estricta justicia, estima la conveniencia de otorgar la eximición sobre impuestos municipales a quienes porten el Certificado Único de Discapacidad (CUD), de esta manera, se les da la oportunidad mediante su esfuerzo de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las demás personas”.
En cuanto a las personas con discapacidad grave, que no poseen bienes a su nombre (ni automotores, ni inmuebles) la aplicación efectiva será para la familia que lo tenga a cargo. En algunos de esos casos, será “necesario extender las exenciones mencionadas a las personas que lo tienen a su cargo ya sea mediante la patria potestad, una guardia judicial y/o curatela; todo ello corroborado previamente por un pormenorizado informe socioambiental, realizado por Asistentes Sociales que deberán constatar, la efectiva constitución del grupo familiar conviviente” establece la norma promulgada por el Ejecutivo.
En consecuencia, se incorpora a las Ordenanzas Municipales General Impositivas y General Tributaria vigente “las personas que posean CUD en las siguientes categorías 1) Deficiencia física de origen motor, 2) Discapacidad auditiva sensorial, 3) Deficiencia intelectual y mental, 4) Deficiencias sensoriales de origen visual”.
Gozarán de exenciones en el pago los siguientes impuestos y tasas contempladas: a) Impuesto Inmobiliario; b) Tasa de Servicios de Generales, Barrido, Limpieza, Riego, etc; c) Patentamiento automotor anual; d) Carnet de Conductor.

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