La moratoria de la ATP ofrece múltiples beneficios y la posibilidad de adherirse hasta marzo de 2022

El régimen, que tiene aprobación legislativa y fue promulgado por el Poder Ejecutivo, tiene facilidades de pago hasta en 48 meses para los contribuyentes en general y de 60 meses para actividades específicas afectadas durante la pandemia. ofrece además condonación de intereses.

 

 

En el marco de las medidas instrumentadas por el gobierno provincial para impulsar la recuperación económica, la nueva moratoria de la Administración Tributaria Provincial (ATP) está destinada a ofrecer facilidades para el pago de tributos provinciales y, así, facilitar el desendeudamiento de los contribuyentes con planes de pago accesibles y extendidos en el tiempo.

La moratoria aplica para deudas con vencimiento al 31 de agosto de 2021. Quienes accedan a un plan de pagos, deben mantener el personal registrado a esa fecha, o incrementar personal en relación de dependencia durante toda la vigencia (exceptuando a personas que presten servicios eventuales); y quienes tengan una deuda en ejecución judicial o en discusión administrativa, que podrán regularizar su situación con este régimen.

La moratoria está vigente hasta el 31 de marzo de 2022 y para más información e inscripción, los interesados pueden ingresar en www.atp.chaco.gob.ar (con CUIT y clave fiscal).

Para la adhesión es necesario abonar un anticipo del 5% si la deuda se encuentra en sede administrativa, y un 10 % para deudas en sede judicial, teniendo como facilidad hasta 48 cuotas de financiación. En el caso de gastronómicos, entretenimiento y turismo, no se requerirá anticipo y la financiación se extenderá hasta 60 cuotas.

 

 

El régimen indica que la tasa de interés de financiación anual se aplicará en razón de la modalidad de pago, conforme con las distintas opciones que se exponen a continuación: en efectivo, un 0%; hasta 6 meses, un 12%; hasta 12 meses, un 15%; en hasta 24 meses, un 18%; hasta 36 meses, un 24% y hasta 48 meses, un 30%.

Además, establece con alcance general la condonación de los intereses resarcitorios y/o punitorios, según el plazo de financiación que se adopte, conforme se indica a continuación: de contado el 100%; hasta 6 cuotas el 80%; hasta 12 cuotas el 60%; hasta 24 cuotas el 50%; hasta 36 cuotas el 40% y hasta 48 cuotas el 20%.

 

Aprobación legislativa

 

El denominado Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias 2021 fue aprobado por la Legislatura provincial mediante la ley 3450-A, promulgada luego por Decreto 2443/21 del Poder Ejecutivo. Alcanza a todo deudor que tenga obligaciones tributarias pendientes cuyo vencimiento opera al 31 de agosto de 2021, quedando excluidas solamente las deudas originadas por los conceptos de retenciones, percepciones y/o recaudación.

En tanto, la Administración Tributaria Provincial dictó la Resolución General N°2099, que reglamentó y puso en vigencia la moratoria a partir del 10 de noviembre de 2021.

 

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