CAPITANICH, INTENDENTES, TRABAJADORES, EMPRESARIOS E INSTITUCIONES FIRMARON EL ACTA COMPROMISO PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PLAN DESESCALADA

23/07/2020

El Decreto N° 843, que cuenta también con la adhesión de la Legislatura provincial, detalla cómo será el proceso de habilitación de actividades a partir de este sábado. Tras la firma, Capitanich agradeció a cada chaqueño y chaqueña por el esfuerzo realizado, y destacó: «es entre todos y con todos, sin divisiones, por el presente y por el futuro hoy más que nunca unidos para vencer la pandemia».

El gobernador Jorge Capitanich suscribió esta tarde junto a intendentes y distintos sectores económicos, políticos y sociales de la provincia el acta compromiso para la puesta en marcha, a partir de este sábado 25 de julio, de la Fase 1 del Plan de Desescalada progresiva del aislamiento preventivo, social y obligatorio, definida a partir del Decreto N° 843/20: http://chaco.gob.ar/covid19/#decretos.

El plan de desescalada de la cuarentena, que irá avanzando progresivamente a las siguientes fases en un lapso estimativo de entre 15 y 20 días, incluirá la habilitación paulatina de actividades y comercios que hasta el momento no habían abierto sus puertas. El pase a la siguiente fase dependerá de que no crezca la curva de contagios.

“Podemos tener un plan de desescalada porque han mejorado los indicadores. La tasa de duplicación de casos era de tres días en la primer semana, y hoy, en la semana 19, estamos a 38 días en promedio. También, la tasa de contagio que era cercana al 27% en la primer semana, hoy llegamos a un 1,9 a 2%. Y son datos buenos y que hay que resaltarlos”, resaltó.

No obstante advirtió: “no podemos relajarnos, al contrario, a partir de ahora comienza la mayor etapa de responsabilidad, la de ser solidarios”, y reiteró: “si no tenemos necesidad de movernos quedémonos en casa; lo mejor que podemos hacer es mantener la rigurosidad del aislamiento para evitar que el virus se propague”.

“Este esfuerzo es con todos, es entre todos, unidos, sin grietas, sin divisiones. Nos convoca a creyentes y no creyentes, empresarios y trabajadores, desocupados y trabajadores informales. Por el presente, por el futuro, hoy más que nunca estamos unidos para vencer la pandemia”, expresó el gobernador.

En representación de los 69 municipios chaqueños, firmaron el acta el intendente de Resistencia, Gustavo Martínez; de Sáenz Peña, Bruno Cipollini; de Barranqueras, Magda Ayala; y de Enrique Urien, Liliana Pascua. Por las centrales obreras, firmaron Graciela Aranda (CGT) y Belén Rodríguez (CTA); mientras que por FECHACO, rubricó su firma José Luis Cramazzi, y por la Unión Industrial del Chaco, Iván Samsuk. El Acta contó además con la firma del presidente de la Cámara de Diputados, Hugo Sager; la rectora de la Universidad Nacional del Nordeste, Delfina Veiravé, y el experto, Alberto Barsesa.

MEDIDAS GENERALES DEL PLAN DE DESESCALADA

Las siguientes medidas regirán a partir del sábado 25 de julio y se mantendrán vigentes durante todas las fases del plan de desescalada. Como tópicos centrales se establecerá el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio; la Verificación del cumplimiento de los parámetros epidemiológicos y sanitarios; el Monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias, y la Autorización restringida del uso del transporte público Interurbano e interjurisdiccional.

En este contexto, se mantendrá el licenciamiento obligatorio para personas mayores de 60 años y aquellos que pertenezcan a grupos de riesgo, lo que significa que deben evitar concurrir en forma presencial a los lugares de trabajo, implementándose cuando resulte factible en estos casos modalidades de teletrabajo o aquellas que establezca la autoridad pertinente. Además, estas personas no podrán visitar ni ingresar a espacios comunes, como galerías de comercios.

También seguirá rigiendo la suspensión de clases presenciales, por lo que continuará el dictado de clases bajo la modalidad de plataforma educativa virtual (ELE). Sin embargo, se evaluarán las posibles fechas y mecanismos de reinicio.

En cuanto a todas las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios que se realicen, sólo podrán hacerlo en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial. A tal efecto, algunas pautas generales son: poner a disposición del público alcohol en gel o sanitizante en accesos; será obligatorio para las personas ingresar al local con barbijo, sin acompañantes y evitando aglomeraciones; los establecimientos deberán sanitizar las bolsas y envoltorios previos a su entrega; y, con indicaciones en sus entradas, no podrán dejar ingresar más de 4 personas a la vez.

En cuanto a los cuidados del personal, se recomienda adecuar turnos rotativos de grupos de trabajo (se sugiere un esquema de horario diferenciado para ingresos y egresos); respetar siempre la distancia de al menos 2 metros entre personas; uso de barbijo obligatorio; limpieza húmeda y constante de mostradores (se prohíbe el uso de plumeros o elementos que movilicen el polvo ambiental); deberá contar con personal ambulante a los fines de supervisar el distanciamiento y el uso de barbijo obligatorio; y se deberá instrumentar el control de temperatura de los clientes y trabajadores previos a la entrada al establecimiento comercial. Por último, la autoridad provincial exigirá la presentación de declaración jurada de compromiso de cumplimiento de protocolo de bioseguridad a cada comerciante.

Para la asignación de los grupos de trabajo, en la primera fase, se podrá tener en cuenta, como primera variable, al personal que viva con mayor proximidad a las dependencias o que se traslade en algún medio de movilidad propio, evitando así exponer a los agentes convocados al uso del transporte público y su exposición en aglomerados de personas. Cada equipo deberá garantizar la prestación del servicio, por lo que deben conformarse según ese criterio. Mientras un equipo asiste de manera presencial, el segundo equipo trabaja de manera remota.

En los espacios comunes de oficinas y departamentos, se utilizarán ascensores al 50% de su capacidad, evitando hablar durante el trayecto; se priorizará el uso de la escalera, de ser posible, sin tocar barandales o paredes; se deben ventilar todas las áreas y desinfectar las superficies de contacto como micrófonos, picaportes, dispenser de agua, etcétera; queda prohibido compartir utensilios o elementos de oficina; se recomienda mantener los cestos de basura sin tapa, para evitar el contacto de manos frecuentes; y limitar la capacidad de salones en caso de reuniones que no puedan realizarse por medios virtuales.

Cada trabajador, comerciante o agente, cualquiera sea su situación, deberá adherir de manera obligatoria a lo mencionado en los párrafos anteriores, guardando la administración el derecho de aplicar las sanciones disciplinarias que correspondan, ante incumplimiento.

ACTIVIDADES HABILITADAS EN LA FASE 1

En cuanto a la Fase 1 del plan de desescalada, que iría desde el 25 de julio hasta el 7 de agosto inclusive (si no crece la curva de contagios), las actividades permitidas son las siguientes:

Las salidas de paseo o recreativas se habilitan sólo para personas entre 15 a 60 años de edad que no integren grupos de riesgo. Se efectuarán en un radio o distancia que no supere los 1000 metros del domicilio de cada persona. Por su parte, las salidas de niñas, niños y adolescentes se habilitan con acompañamiento permanente de un adulto, en el horario de 16 a 19 en igual radio, distancia, parámetros y restricciones que las establecidas para paseos.

Las actividades físicas y deportivas se habilitarán sólo para entrenamiento individual para personas entre 15 y 60 años de edad que no integren grupos de riesgo, en espacios al aire libre. Los municipios habilitarán las zonas para realizarlas en cada localidad, con días y horarios.

En relación a la administración pública, se mantiene la suspensión de términos y plazos administrativos. Los mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo estarán licenciados y las y los trabajadores de todas las áreas de la administración pública deberán concurrir sin superar el treinta por ciento (30 %) del total de agentes propiciando a su vez la prestación laboral efectiva de forma remota o a distancia a través de teletrabajo, la implementación de turnos y/u horarios rotativos.

Los locales y establecimientos comerciales podrán funcionar de lunes a sábado entre las 8 y las 20. Deberán respetar las medidas generales de higiene, distanciamiento y atención con horarios diferenciados. El horario de atención a adultos mayores de 60 años y grupos de riesgo será de 8 a 9 horas y para las demás personas, de 9 a 20 horas, con asignación y uso de turnos. En este grupo, los locales de indumentaria no tendrán permitido el uso de probadores de vestimenta.

Las galerías comerciales estarán habilitadas de lunes a sábados de 8 a 20, respetando medidas generales de higiene, distanciamiento, superficies reducidas y horarios diferenciados. Los locales de gastronomía en galerías o centros, sólo podrá funcionar bajo la modalidad de entregas para llevar y/o de reparto a domicilio. No están habilitados los patios de comida, salas de cines, salones de eventos, peloteros infantiles y/o salones de juegos.

Las actividades gastronómicas como restaurantes y bares continuarán trabajando bajo la modalidad de entregas para llevar y/o de reparto a domicilio.

Los gimnasios estarán habilitados exclusivamente para personas que lo requieran por prescripción médica en el horario de 9 a 18 horas. Deberá utilizarse la plataforma de turnos y permiso de circulación. A su vez, los Centros Terapéuticos estarán habilitados mediante sistema de turnos reducidos. Se permitirá el acompañamiento de un familiar por paciente, priorizando la atención de aquellos que no pertenezcan a la población de riesgo.

Las actividades de pesca deportiva, de costa y de embarcación menor, se habilitarán a partir del primer fin de semana de agosto, todos los fines de semana y días feriados. Las personas deberán contar con permiso de circulación.

Las y los trabajadoras de casas particulares, estarán habilitados de lunes a viernes, con traslado permitido entre las 8 y las 18 horas.

Las Iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual estarán habilitados para oración en forma individual, respetando protocolos y el distanciamiento, con asignación de turnos y en horarios de 8 a 18 horas. En la misma línea, los servicios fúnebres estarán habilitados por un período máximo de una hora, solo permitiéndose el acompañamiento de familiares, con capacidad de ocupación reducida al 50% los espacios y bajo protocolos de bioseguridad.

En relación a las actividades turísticas o vinculadas al turismo, se habilitarán las agencias de turismo para venta y reservas de 8 a 16 horas. Los establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general, estarán habilitados los fines de semana, con asignación de turnos.

Los centros de pago de servicios atenderán por turnos programados en el horario de 08:00 a 20:00, de lunes a viernes. Deberán generar turnos a través de la plataforma Tu Gobierno Digital (gobiernodigital.chaco.gob.ar) y deberán evitar la generación de filas en el exterior del centro de pago.

Los fletes, taxifletes y servicios de mudanzas estarán habilitados de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 horas y sólo podrán efectuar traslados dentro de la localidad del domicilio real del responsable de los servicios.

Las peluquerías, barberías y afines, estarán habilitadas con sistema de turnos programados, de lunes a sábado de 8 a 20 horas. Se permitirá un máximo de 3 personas por turno. No se permitirá la atención ni asignación de turnos a personas incluidas dentro del denominado grupo de riesgo.

Los servicios y actividades profesionales estarán habilitados con sistema de turnos de atención de 8 a 18 horas, evitando salas de espera o aglomeración de personas y respetando protocolos vigentes en materia de bioseguridad.

Los oficios y emprendimientos independientes o familiares y aquellos relacionados con obras de construcción, estarán habilitados de lunes a sábado de las 8 a 18 horas con asignación de turnos.

Los hoteles, moteles, alojamientos, residenciales, funcionarán sólo para alojamiento de personal de la salud afectados a la emergencia, por encontrarse habilitados como centros de aislamiento extra hospitalario de casos sospechosos o confirmados de Covid-19, o alojamiento de personas que deban efectuar aislamiento por haber ingresado a la provincia.

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